Guardia Civil
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| Territorio | España | |
| • Superficie | 505.811 m² | |
| • Población | 44.108.530 hab. | |
| • Densidad población | 87 hab./km² | |
| Recursos Humanos | datos 2004 | |
| • Plantilla policial | 78000 policías | |
| • Densidad policial | 565 hab./pol. (*) | |
| (*)No incluye otros cuerpos policiales. | ||
| Jefe | Joan Mesquida Ferrando | |
| Dir. Gral. de la Policía y de la G.C. | ||
| Sitio web | www.guardiacivil.es | |
La Guardia Civil española es un Instituto Armado de naturaleza militar que forma parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado del Reino de España. Como Cuerpo de Seguridad del Estado, la Constitución le fija la misión primordial de proteger la patria ("todo por la patria") y después el libre ejercicio de los derechos y libertades de los españoles y garantizar la seguridad ciudadana, todo ello bajo la dependencia del Gobierno de la Nación.
Tiene una doble dependencia:
- Del Ministerio del Interior en cuanto a servicios, retribuciones, destinos y medios.
- Del Ministerio de Defensa en cuanto a ascensos y misiones de carácter militar.
Además, atiende las necesidades del Ministerio de Hacienda relativas al Resguardo Fiscal del Estado, y vela por el cumplimiento de todas las normas y reglamentos relacionados con los diferentes Órganos de las Administraciones Central y Autonómica.
Este cuerpo no tiene permitido asociaciones sindicales, como tienen la Policía Nacional o las Policías Autonómicas (Mossos d'Esquadra, Ertzaintza, Policía Foral de Navarra, etc...), pero en estos últimos años se le ha permitido las asociaciones de tipo como ASIGC y AUGC, entre otras.
Un elemento de la indumentaria que ha caracterizado a la Guardia Civil es el tricornio o "sombrero" negro, actualmente reservado para el uniforme de gala, servicios de protocolo, etc. El color característico del uniforme es el verde, aunque en sus inicios fue azul.
Otra característica particular de este cuerpo es que los acuartelamientos pueden ser también viviendas de las familias de algunos de sus componentes: las casas cuartel. En la entrada de las mismas se puede encontrar el "Todo por la Patria", una divisa que aparece regulada en las Reales Ordenanzas.
Tabla de contenidos |
Historia
Dado el grave problema de seguridad pública que existía en el ámbito rural de España tras finalizar la Guerra de la Independencia contra el invasor francés, se dispuso en el año 1814 por el Rey Fernando VII que las autoridades militares entendieran de los delitos de bandolerismo y se emplearan para su persecución tropas del Ejército. Sin embargo los resultados no fueron satisfactorios y la cuestión lejos de solucionarse se fue agravando, fracasando diversos intentos de crear cuerpos armados que se encargaran de velar por la seguridad pública tales como el de Celadores Reales en 1823 y el de Salvaguardias Reales en 1833.
Diez años después, el 28 de marzo de 1844, se dictó por el Ministerio de la Gobernación el primer decreto que disponía la creación de un Cuerpo de Guardias Civiles que sin embargo no llegó a entrar en vigor ya que adolecía de diversos defectos. No obstante la idea no fue baldía y cuando el 2 de mayo de ese mismo año el mariscal de campo Ramón María Narváez asumió el poder, retomó la idea encargando su organización al de igual empleo Francisco Javier Girón y Ezpeleta Las Casas y Enrile, II Duque de Ahumada y V Marqués de Las Amarillas, quien entonces ostentaba el cargo de Inspector General Militar.
Fruto de ello vio la luz el 13 de mayo un nuevo decreto, el cual debe considerarse como el que verdaderamente dio nacimiento a la Guardia Civil. Conforme se detallaba en la norma fundacional el nuevo cuerpo de naturaleza militar quedaba sujeto al Ministerio de la Guerra en lo concerniente a organización, personal, disciplina y percibo de haberes, y al de Gobernación en cuanto a servicio y movimientos.
Inicialmente se establecieron 14 Tercios integrados a su vez por 39 Compañías de Infantería y 9 Escuadrones de Caballería, estando compuesta su primera plantilla por 14 jefes, 232 oficiales y 5.769 de tropa. En el mes de octubre de ese mismo año se aprobaron los reglamentos militar y de servicio, y el 20 de diciembre de 1845 la "Cartilla del Guardia Civil", definido como el auténtico código moral del Instituto, cuyos preceptos después de más de siglo y medio siguen teniendo plena vigencia.
Su gran efectividad en la represión del bandolerismo e implantación del orden, motivó al Gobierno para ir aumentando sus efectivos iniciales asentando con su bien saber hacer los cimientos de la institución considerada por algunos un instrumento clave en la construcción del Estado moderno.
Su organización centralista, hizo que se fuera desplegando por todo el territorio nacional, quedando estructurado por orden descendente desde la Dirección General o Inspección General -denominación según épocas- en Tercios, Comandancias, Compañías, Líneas y Puestos o Destacamentos, llegando así con el paso del tiempo a todos los puntos de soberanía española, incluidas las posesiones de África y de Ultramar.
El de 8 de febrero de 1913 la Virgen del Pilar fue declarada mediante Real Decreto su excelsa Patrona y por otra R.O. de 4 de octubre de 1929 se le otorgó a la Guardia Civil la Gran Cruz de la Beneficencia en reconocimiento por su labor humanitaria a favor de la sociedad española.
Durante las tres primeras décadas del siglo XX los graves problemas políticos y sociales que acontecieron en España, con numerosas huelgas, alteraciones de orden público, actos terroristas, sucesos revolucionarios y subversiones de todo tipo, motivaron que la Guardia Civil fuera el principal garante de la seguridad pública aún a costa de sufrir cuantiosas bajas entre sus filas.
Al poco de estallar la Guerra Civil Española en 1936 el Instituto continuó existiendo en el bando nacional mientras que en el republicano enseguida se le cambió su denominación por el de Guardia Nacional Republicana y poco después desapareció al ser absorbido por un nuevo cuerpo de seguridad pública, que unificó diversas instituciones de carácter policial.
Finalizada en 1939 la trágica contienda se procedió a una profunda reorganización en el seno de la Guardia Civil para adaptarla a la nueva situación, absorbiendo además al año siguiente, mediante la Ley de 15 de marzo de 1940, al Cuerpo de Carabineros fundado en 1829 y sus misiones de represión de contrabando y fraude, especialmente en costas y fronteras.
Desde entonces la Guardia Civil fue evolucionando, afrontando a lo largo de una década el grave problema de la guerrilla o maquis de la posguerra civil, aumentando su plantilla, asumiendo nuevas misiones y creando diversas especialidades que como la Agrupación de Tráfico en 1959 potenciaron su prestigio.
Sin embargo bajo la dictadura de Franco la Guardia Civil fue uno de los instrumentos principales de la represión política.
Misiones
Como uno de los componente fundamentales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la Guardia Civil tiene la misión de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana. Ley Orgánica 2786, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad define las competencias funcionales y territoriales de los diferentes Cuerpos de Seguridad del Estado, y en especial las de la Guardia Civil.
Además de las competencias correspondientes a las diferentes Policías autonómicas, territorialmente, en el ámbito de la seguridad ciudadana, al Cuerpo Nacional de Policía le corresponde ejercer sus funciones en las capitales de provincia y en aquellos núcleos urbanos que el Gobierno determine. La Guardia Civil es responsable en el resto del territorio nacional y en el mar territorial.
Funcionalmente, corresponde a la Policía la responsabilidad del control de los extranjeros, documento nacional de identidad y pasaportes, del juego y de la seguridad privada. La Guardia Civil debe velar con exclusividad por el control de las armas y explosivos; el Resguardo Fiscal del Estado; el tráfico interurbano, salvo en aquellas Comunidades Autónomas que lo tengan asumido; la custodia de las vías de comunicaciones, puertos y aeropuertos y la protección de la naturaleza (SEPRONA).
En el cumplimiento de estas misiones, la Guardia Civil tiene una dependencia directa de diferentes ministerios y organismos. Como Policía Judicial, depende de los Jueces, Tribunales y Ministerio Fiscal.
Como Resguardo Fiscal del Estado, del Ministerio de Hacienda. Su responsabilidad en la protección de la naturaleza, implica su relación con los Ministerios de Fomento, Medio Ambiente, Agricultura, Pesca y Alimentación, así como con las Comunidades Autónomas. Se relaciona igualmente con otros Ministerios y con las Delegaciones del Gobierno par la Extranjería e Inmigración, así como con el Plan nacional sobre Drogas.
En general, la Guardia Civil vela por la aplicación de todos las leyes y reglamentos, sean estatales, autonómicos o locales, denunciando cualquier infracción a la Administración correspondiente. En este sentido, puede afirmarse que la Guardia Civil es la verdadera Policía Autonómica de muchas Comunidades Autónomas por la dedicación con que realiza la vigilancia de sus competencias de policía administrativa.
Misiones genéricas
- Velar por el cumplimiento de las Leyes y disposiciones generales ejecutando las órdenes que reciban de las autoridades competentes, en el ámbito de su competencia.
- Auxiliar y proteger a las personas y asegurar la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro por cualquier causa.
- Vigilar y proteger los edificios e instalaciones públicas que lo requieran.
- Velar por la protección y seguridad de altas personalidades.
- Mantener y restablecer, en su caso, el orden y la seguridad ciudadana.
- Prevenir la comisión de actos delictivos.
- Investigar los delitos para descubrir y detener a los presuntos culpables, elaborando los informes técnicos y periciales necesarios.
- Captar, recibir y analizar cuantos datos tengan interés para el orden y la seguridad ciudadana.
- Colaborar con los Servicios de Protección Civil en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
A estas tareas, conocidas desde siempre como servicio peculiar del Cuerpo, se dedica un total de 46.000 agentes, lo que supone prácticamente el 62% de total del personal.
A las especialidades de todo tipo, es decir a los servicios responsables del desarrollo de las misiones exclusivas de la Guardia Civil, se dedica 25.000 especialistas, un 34%; estando el resto empleado en tareas burocráticas
Misiones exclusivas de la Guardia Civil
Con carácter exclusivo, la Guardia Civil tiene las siguientes competencias:
- Las derivadas de la legislación vigente sobre armas y explosivos.
- El Resguardo Fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando.
- La vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías públicas interurbanas.
- La custodia de vías de comunicación terrestre, costas, fronteras, puertos y aeropuertos, y centros e instalaciones que por su interés lo requieran.
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones que tiendan a la conservación de la naturaleza y medio ambiente, de los recursos hidráulicos, así como de la riqueza cinegética, piscícola, forestal y de cualquier otra índole relacionada con la naturaleza.
- La conducción interurbana de presos y detenidos.
- Asimismo, podrá desempeñar misiones de carácter militar bajo dependencia del Ministerio de Defensa. Estas misiones aún no están desarrolladas, aunque se encuentra en fase de elaboración un Real Decreto en este sentido.
Organización
La Dirección General se estructura a nivel central en tres órganos directivos:
- Subdirección General de Operaciones.
- Subdirección General de Personal.
- Subdirección General de Apoyo.
La organización periférica de la Guardia Civil se divide por Zonas, Comandancias, Compañías y Puestos.
El 13 de septiembre de 2006 el Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, cesa a los Directores Generales de la Policía y de la Guardia Civil, Víctor García Hidalgo y Joan Mesquida Ferrando, y nombra a este último Director General de la Policía y de la Guardia Civil, unificando la dirección de ambos cuerpos. De esta manera Los actuales subdirectores operativos de la Guardia Civil -el general José Manuel García Varela- y la Policía Nacional -el comisario Miguel Ángel Fernández Chico- pasan a ser directores adjuntos al mando único recién creado, cada uno es su ámbito correspondiente.
Medios
Los principales medios con que cuenta la Guardia Civil se encuentran integrados en los siguientes servicios:
- Servicio de Acuartelamiento.
- 2.691 Cuarteles
- 35.983 Pabellones:
- 32.264 propios
- 3.147 de entidades
- 571 de particulares
- Servicio de Armamento y Equipamiento policial.
- Servicio de Material Móvil.
- Servicio Cinológico y de Remonta:
- Servicio de Informática.
- Servicio de Transmisiones.
Especialidades
Con el fin de dar el mayor servicio a la sociedad, la Guardia Civil a lo largo de su dilatada historia ha ido creando especialidades que cubriesen de una manera mas eficaz las competencias asignadas, entre ellas cabe destacar las siguientes unidades:
- Helicópteros.
- Servicio Marítimo.
- Unidad Especial de Intervención (UEI).
- Unidad de Acción Rápida (GAR).
- Grupo Especial de Actividades Subacuáticas (GEAS).
- Grupos Rurales de Seguridad.
- Unidades de Subsuelo.
- Escuadrón de Caballería.
- Montaña.
- Policía Judicial
- Equipos contra el Crimen Organizado (ECO)
- Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA).
- Agrupación de Tráfico.
- Intervención de Armas.
- Servicio Cinológico (Guías caninos).
- Servicio de Información.
- Grupos de Especialistas en Desactivación de Explosivos (GEDEX)
Escalas y Empleos
Escala de Cabos y Guardias
Escala de suboficiales
Escala de oficiales
Himno de la Guardia Civil
- Instituto, gloria a Ti,
- por tu honor quiero vivir.
- Viva España, Viva el Rey,
- Viva el Orden y la Ley,
- Viva honrada la Guardia Civil.
- Benemérito Instituto,
- Guarda fiel de España entera,
- que llevas en tu Bandera
- el Lema de Paz y Honor.
- Por glorificar el nombre,
- que el Gran Ahumada te diera,
- con tu sangre noble y fiera,
- has bordado tu blasón.
- Vigor, firmeza y constancia,
- valor en pos de la gloria,
- amor, lealtad y arrogancia,
- ideales tuyos son.
- Por Ti cultivan la tierra,
- la Patria goza de calma,
- por tu conducta en la guerra,
- brilla airoso tu Pendón.
- Instituto, gloria a Ti,
- por tu honor quiero vivir.
- Viva España, Viva el Rey,
- Viva el Orden y la Ley,
- Viva honrada la Guardia Civil
Cartilla del Guardia Civil
Desde la creación del cuerpo de la Guardia Civil se establecieron las reglas necesarias para la organización militar y sus servicios como institución civil. Dichas reglas se encuentran reunidas en un pequeño panfleto, aprobado por Real orden de 29 de julio de 1852, que se intitula Cartilla del Guardia Civil, redactada por la Inspección General del Cuerpo. Este precioso cuaderno, que forma un volumen de 210 páginas, muy cómodo para llevarlo siempre consigo, y que todos los guardias poseen, la materia que contiene se halla dividida en cuatro partes.
La primera parte, que lleva por epígrafe Cartilla del Guardia Civil, abraza las materias siguientes divididas en 15 capítulos:
I. Prevenciones generales para la obligación del Guardia Civil.— II. Servicio en los caminos.— III. Protección a las personas y propiedades.— IV. Pasaportes.— V. Uso de armas.— VI. Caza y pesca.— VII. Desertores y prófugos.— VIII. Juegos prohibidos.— IX. Contrabando.— X. Conducción de presos.— XI. Obligaciones de los comandantes de Puesto.— XII. De los comandantes de Línea.— XIII. de los comandantes de Sección .— XIV. De los comandantes de Provincia.— XV. Servicio de campaña. En esta parte se encuentran también modelos de las licencias de armas, de caza, de pesca pasaportes etc. La segunda parte contiene los formularios sobre el modo de instruir sumarias informaciones, y los modelos de comunicaciones oficiales, instancias, recibos de raciones, plantilla de sueldos de las clases del Cuerpo, y los tratamientos que deben darse á las autoridades y personas de distinción. La tercera parte, el reglamento militar y el reglamento para el servicio; y la cuarta, las obligaciones militares del soldado y del cabo de infantería y de caballería; la explicación del sistema decimal, y un tratadito sobre las enfermedades del caballo y el modo de curarlas. Cuan precioso es, y qué acertada ha sido la idea de su formación para uso é instrucción de los guardias. No vamos á ocuparnos extensamente de esta Cartilla y reglamentos, por que el hacerlo así, sería contrario á la concisión y brevedad de la historia; pero sí vamos á dar á conocer los principales puntos que abrazan, para que el público en general y los profanos á la institución, formen de ella con cabal conocimiento, el alto concepto que se merece, y conozcan también las causas de haberse captado el aprecio general del país.
Capítulo I
Prevenciones generales para la obligación del Guardia Civil
El capítulo I, titulado Prevenciones generales, la obligación del Guardia Civil está destinado a formar la moral del Cuerpo, y entre los artículos que contiene, se leen los siguientes:
1. El honor ha de ser la principal divisa del Guardia Civil; debe por consiguiente conservarlo sin mancha. Una vez perdido no se recobra jamás.
2. El mayor prestigio y fuerza moral del Cuerpo es su primer elemento; y asegurar la moralidad de sus individuos la base fundamental de la existencia de esta institución.
3. El Guardia Civil por su compostura, aseo, circunspección, buenos modales y reconocida honradez, ha de ser siempre un dechado de moralidad.
4. Las vejaciones, las malas palabras, los malos modos y acciones bruscas, jamás deberá usarlas ningún individuo que vista el honroso uniforme de este Cuerpo.
5. Siempre fiel a su deber, sereno en el peligro y desempeñando sus funciones con dignidad, prudencia y firmeza, el Guardia Civil, será más respetado que el que con amenazas sólo consigue malquistarse con todos.
6. El Guardia Civil debe ser prudente sin debilidad, firme sin violencia y político sin bajeza. No debe ser temido sino de los malhechores, ni temible sino a los enemigos del orden.
7. Sus primeras armas deben ser la persuasión y la fuerza moral, recurriendo a las que lleve consigo, sólo cuando se vea ofendido con otras ó sus palabras no hayan bastado. En este caso dejará siempre bien puesto el honor de las armas que la Reina le ha confiado.
8. Será siempre un pronóstico feliz para el afligido, infundiendo la confianza de que a su presentación, el que se vea cercado de asesinos, se crea libre de ellos; el que tenga su casa presa de las llamas considere el incendio apagado; el que vea su hijo arrastrado por la corriente de las aguas, lo crea salvado; y por último, siempre debe velar por la propiedad y seguridad de todos.
9. Cuando tenga la suerte de prestar algún servicio importante, si el agradecimiento le ofrece alguna retribución, nunca debe admitirla. El Guardia Civil no hace más que cumplir con su deber, y si algo le es permitido esperar de aquel á quien ha favorecido, es sólo un recuerdo de gratitud. Este noble desinterés le llenará de orgullo, pues su fin no ha de ser otro que captarse el aprecio de todos, y en especial la estimación de sus jefes, allanándole el camino para sus ascensos tan digno proceder.
10. Deberá estar muy engreído de su posición, y aunque no esté de servicio jamás debe reunirse con malas compañías, ni entregarse á diversión es impropias de la gravedad que debe caracterizar al Cuerpo.
11. El Guardia Civil, lo mismo en la capital de Monarquía que en el despoblado más solitario, no deberá salir nunca de la casa-cuartel sin haberse afeitado, lo cual hará lo menos tres veces por semana; llevará siempre el pelo corto, la cara y las manos lavadas, las uñas bien cortadas y limpias, el vestuario muy aseado y el calzado perfectamente lustroso.
12. Lo bien colocado de sus prendas y el aseo en el todo su persona, han de contribuir en gran parte á granjearle consideración pública.
13. El decoro del Cuerpo exige que no se usen otras prendas que las de uniforme, sin la menor falta de botones ó corchetes; pues cada Guardia ha de ser un tipo de compostura y aseo. El desaliño en el vestir infunde desprecio.
14. Al encontrarse el Guardia Civil algún amigo o camarada a quien haya de saludar, lo hará cortésmente, sin gritos ni ademanes descompuestos; siempre se valdrá para ello sus propios nombres ó apellidos, no usando jamás de apodos ó motes, que tan poco favor hacen a quien los emplea.
15. Nunca se entregará por los caminos a cantares ni a distracciones impropias del carácter y posición que ocupa; su silencio y seriedad deben imponer más que sus armas.
16. Será muy atento con todos; en la calle cederá la derecha, no sólo a los jefes militares, sino también a las Justicias de los pueblos donde esté, a todas las Autoridades en cualquiera carrera del Estado, y por lo general a toda persona portada, y en especial a las señoras; lo que será una muestra de subordinación para unos, de atención para otros y de buena crianza para todos.
18. Ha de procurar juntarse generalmente con sus compañeros, y fomentar la estrecha amistad y unión que debe haber entre los individuos del Cuerpo, aunque también podrá hacerlo con aquellos vecinos de los pueblos que por su moral y buenas costumbres deben ser apreciados y considerados en el que estuvieren.
19. No entrará en ninguna habitación sin llamar anticipadamente a la puerta y pedir la venia para entrar, valiéndose para ello de las voces ¿da V., permiso? u otras equivalentes; olvidándose absolutamente de la denominación de patrón o patrona, que comúnmente suelen usar todos los soldados. Cuando le concedan entrar, lo hará con el sombrero en la mano y lo tendrá en ella hasta después de salir.
20. Cuando tenga que cumplir con las obligaciones que le impone el servicio peculiar del instituto al que pertenece y sus Reglamentos, de exigir la presentación de pasaportes, disipar algún grupo, hacer despejar algún establecimiento, o impedir la entrada en él, lo hará siempre anteponiendo las expresiones de «haga V., el favor o tenga V., la bondad.» Cuando sean oficiales o jefes del Ejército, u otras personas de categoría, lo verificará además dándoles el tratamiento y haciéndoles el saludo que les corresponda por sus insignias.
23. Para llenar cumplidamente su deber, procurará conocer muy á fondo y tener anotados los nombres de aquellas personas que por su modo de vivir en la holganza, por presentarse con lujo sin que se les conozcan bienes de fortuna, y por sus vicios, causen sospechas en las poblaciones.
25. Observará a los que sin motivo conocido hacen frecuentes salidas de su domicilio, y vigilará á los sujetos que se hallen en este caso, reconociendo sus pasaportes, para cerciorarse de su autenticidad; y en el caso de tener noticia de la perpetración de algún delito, tratará de averiguar por todos los medios posibles dónde estuvieron dichos personas en el día y hora en que se cometió. Practicando estas indagaciones con el detenimiento y minucioso examen que tan delicado asunto requiere, tal vez no se cometerá un crimen cuyos autores no sean descubiertos.
26. Por ningún caso allanará la casa de ningún particular sin su previo permiso. Si no lo diese para reconocerla, el Guardia Civil enviará á pedir al Alcalde su beneplácito para verificarlo, manteniendo en tanto la debida vigilancia á las puertas, ventanas y tejados por donde pueda escaparse la persona que se persiga.
27. Se abstendrá cuidadosamente de acercarse nunca á escuchar las conversaciones de las personas que estén hablando en las calles, plazas, tiendas o casas particulares, porque ésto sería un servicio de espionaje, ajeno de su instituto; sin que por ello deje de procurar adquirirse noticias, y de hacer uso de lo que pueda serle útil para el mejor desempeño de las obligaciones que el servicio del Cuerpo le impone.
28. Será siempre obligación del Guardia Civil perseguir y capturar a todos los infractores de las leyes, y en especial a los asesinos, ladrones, a cualquiera que hiriese a otro, y evitar las riñas.
30. No tiene la Guardia Civil inmediata dependencia de las Justicias de los pueblos en que hay puestos establecidos; mas si por los Alcaldes o cualquiera Juez de primera instancia se requiriese su auxilio para cualquiera función del servicio, se lo prestarán con sujeción al Reglamento.
3l. La Guardia Civil no tiene autoridad para llamar a su presencia ni reprender a las Justicias de los pueblos; pero si los guardias observasen alguna falta en su comportamiento, o conociesen que los Alcaldes, desentendiéndose de su sagrada obligación, son causa de experimentarse en el país o en el servicio de S.M., males que pudieran evitarse, sin perder momento lo pondrán en conocimiento de sus respectivos jefes, para que llegado por su conducto a noticia del Gobernador de la Provincia, adopte las medidas que crea convenientes; y cuando la urgencia del caso lo requiera, lo harán directamente á dicho Gobernador.
32. Los individuos de la Guardia Civil, considerados siempre de servicio, para el mejor desempeño de éste, sabrán de memoria los Reglamentos y Cartilla, que llevarán constantemente consigo, así como la credencial expedida por el Gobernador de la Provincia para acreditar la identidad de su persona y en los casos convenientes mostrarla.
33. Irán también provistos siempre de tintero y papel para hacer sus apuntaciones, y de los cuadernos de requisitorias y señas de los criminales á quienes se persiga por la ley, para procurar su captura.
34. La reserva y el secreto en las confidencias que reciba, debe ser profunda en el Guardia Civil; de este modo se conseguirá la confianza y el descanso de las personas que las hagan, cuyos nombres nunca podrá revelar. Las faltas de sigilo que se cometan en este particular, serán castigadas con todo rigor.
Capítulo II
Servicio en los caminos
La Cartilla contiene las siguientes instrucciones acerca de cómo deben prestar los guardias el servicio en los caminos.
1. El Guardia Civil, cuando se halle destinado al servicio de los caminos reales ó carreteras, los recorrerá frecuentemente y con mucha detención, reconociendo á derecha é izquierda de los parajes que ofrezcan facilidad de ocultar alguna gente sospechosa.
2. Las parejas que hayan de prestar este servicio, caminarán á diez ó doce pasos de distancia un hombre de otro, para evitar ser ambos en ningún caso sorprendidos á la vez, y á fin de que puedan protegerse mutuamente.
3. Procurarán informarse de los labradores, transeúntes, y muy particularmente de los pastores, si han visto ó llegado á sus hatos alguien, que por su persona ó mala traza inspire desconfianza.
4. Cuando haya indicios de que en el término de la demarcación de un puesto se abrigan algunos malhechores, se harán frecuentes salidas por parejas, especialmente por las noches, reconociendo los hatos, ganaderías, casas de campo y ventorrillos, si los hubiese; verificándolo siempre con la debida precaución, y marchando siempre con la mayor vigilancia.
5. Debe tenerse siempre presente que desde las dos ó las tres de la madrugada, hasta la salida del sol, y desde las cinco ó las seis de la tarde hasta dos horas después de anochecido, es cuando se cometen la mayor parte de los crímenes; por consiguiente, á estas horas deben procurar aparecer las parejas del Cuerpo en los sitios sospechosos.
6. La experiencia ha demostrado que desde la instalación de la Guardia Civil, cuando los criminales tratan de hacer robo se ponen de acuerdo varios de distintos domicilios. Por ésto debe redoblarse la vigilancia sobre ellos y las pesquisas para la averiguación de su paradero, procurando á toda costa descubrimiento y captura.
7. No sólo debe la Guardia Civil averiguar el paradero los ladrones que hubiesen cometido un robo, sino también el los efectos robados, así como las personas que los pudiesen haber adquirido, bien sean alhajas, ropas, productos del campo, caballerías ó ganado de otra especie.
8. Procurarán no guardar nunca las parejas un orden periódico en sus salidas y movimientos, para de este modo tener en continua alarma á los criminales.
9. A las horas que los correos y las diligencias acostumbran á cruzar por el terreno de su demarcación, deberán estar sobre el camino, especialmente por la noche, pues con esta precaución se contrarían los planes de los criminales, sin que el Guardia Civil de caballería tenga que correr escoltando los carruajes, lo que estropearía é inutilizaría sin ventaja su caballo.
13. El Guardia Civil, en sus correrías y patrullas por los pueblos ó término de la demarcación de su Puesto, deberá cuidar por regla general, de volver por distinto camino del que llevó á su salida, á fin de examinar más extensión de terreno.
14. Siempre que en el curso de sus patrullas encontrare algún carruaje ó carro volcado, ó caballería caída, como no vaya á un servicio determinado en el que por la detención resulte perjuicio, ayudará á los dueños á levantarlos; lo mismo que en cualquiera otra necesidad que observase en los viajeros, les prestará cuantos auxilios necesiten y estén á su alcance.
15. Igualmente cuando el Guardia Civil en el curso de su servicio encontrare algún viajero perdido, le enseñará el camino del punto á que se dirija, en especial si fuese de noche ó en días de nieve ó tormenta, en que es más fatal á los caminantes su extravío.
16. Siempre que en los caminos y campos hallase alguna caballería suelta ó ganado descarriado, ó cualquiera efecto perdido, procurará recogerlo, presentándolo á la autoridad local del pueblo más inmediato, y si tuviese indicios de la persona á quien pudiese pertenecer, se lo entregará directamente.
Por estas instrucciones y otras del mismo capítulo que omitimos, se ve que al mismo tiempo que el Jefe organizador del Cuerpo procuró aconsejar a los individuos del mismo las precauciones más oportunas para que desempeñaran mejor el servicio, no omitió los menores detalles para que prestaran toda la protección y auxilios imaginables a los viajeros a quienes sucediese algún conflicto.
Capítulo III
Protección a las personas y propiedades
Notables y dignas de que el público las conozca son también las instrucciones que contiene el capítulo III, que lleva por epígrafe: Protección á las personas y propiedades. Dicen así los artículos del citado capítulo:
1. Además de los auxilios que quedan expresados en el capítulo precedente, y que debe prestar el Guardia Civil en los caminos, campos y despoblados, es obligación suya contribuir á cortar los incendios y velar en todas partes por la seguridad de las personas y conservación de las propiedades.
2. Cuando en las poblaciones ocurra algún incendio, principalmente en las de corto vecindario, ó en las casas de campo, en que generalmente se carece de los recursos que el arte proporciona en las capitales, hay por lo común un aturdimiento general, que exige muy particularmente que la Guardia Civil se presente al momento en el sitio de la desgracia, y por lo tanto debe hacerlo tan pronto como tenga noticia de ella.
3. Su primer deber en estos casos es prestar cuantos auxilios estén á su alcance, protegiendo á las personas y propiedades, asegurando los intereses de aquellas, para lo que evitará se introduzcan en la casa ó edificio incendiado, otras personas que las que los dueños y autoridades designen, ya como operarios, ya para extraer efectos en caso de necesidad.
4. Cuidará especialmente de evitar toda confusión y desorden muy propios en estos casos, á cuya sombra se cometen no pocos excesos, por sujetos de mala intención, que con pretexto de auxiliar y ayudar á cortar el incendio, se presentan con el sólo el fin de robar, aprovechándose del aturdimiento general, y ésto es lo que debe impedir el Guardia Civil á toda costa.
5. Cooperará en cuanto sea posible, en unión de los operarios y demás personas que acudan, á sofocar el incendio, principalmente en las poblaciones de poco vecindario y en casas de campo; procurando siempre dar ejemplo con su arrojo, serenidad y buenas disposiciones.
6. Si á su presentación en el sitio de la desgracia, entrase en él alguna autoridad, se pondrá desde luego á sus órdenes, y si ésta aún no hubiese llegado, deberá darla el oportuno aviso, tomando entretanto las medidas necesarias para evitar la confusión y desorden, y poner en seguridad los efectos se puedan libertar de ser presa de las llamas, y conseguir la extinción del incendio.
7. En las inundaciones, terremotos, huracanes, temblores de tierra y tempestades, deberá la Guardia Civil proceder con igual celo, para prestar los auxilios que quedan prevenidos para los incendios, cuidando de recoger los efectos que arrastren las aguas para presentarlos á la autoridad del pueblo más inmediato, por cuyo conducto los recogerán sus dueños.
8. Como una de sus principales obligaciones considerará siempre el Guardia Civil, la conservación de los montes y arbolados, así como la de los bosques del Estado y de particulares, que tan recomendada está por repetidas Reales órdenes, y cuidará por consiguiente con el mayor esmero, de evitar los cortes, descepes y mutilación de los árboles, como igualmente que no se extraigan furtivamente los caídos ó detenidos, por haber sido cortados sin autorización.
9. Es asimismo obligación del Guardia Civil, vigilar que los árboles que se hallan en los caminos se respeten y no se toquen ni maltraten por los transeúntes, ni otra persona alguna, sin la debida autorización para ello de los Ayuntamientos ó personas á quienes pertenezcan.
10. Es costumbre, por desgracia introducida, que árboles frutales y viñedos, en especial los que se encuentran en las inmediaciones de los caminos, sean asaltados por los que pasan junto á ellos, y cuidará el Guardia Civil muy particularmente de evitar estos daños, haciendo que se respete la propiedad.
11. A cualquiera persona que se encontrase haciendo el menor daño en objetos tan interesantes, en lo que más atacada se encuentra la propiedad, se le detendrá y denunciará á la autoridad competente, así como lo serán también los dueños de las caballerías sueltas y ganados que se encuentren causando daño en los campos y sembrados.
12. Asimismo celará el Guardia Civil que en los olivares y viñedos, so pretexto de rebusca del fruto ó de extraer yerbas ó leñas, no se introduzca persona alguna que no vaya autorizada por sus dueños, cuya prevención se tendrá muy presente también para las rastrojeras, á fin de que no paste en ellas ningún ganado sin tener dicha autorización. El abuso ó libertad que observe en esta parte lo denunciará á la autoridad, con la presentación de personas ó caballerías, para que corrija, por medio de sus providencias, tan graves perjuicios á los propietarios.
13. Igualmente cuidará el Guardia Civil que los dueños de los palomares cumplan la obligación que tienen de cerrarlos en octubre y noviembre para evitar el daño que las palomas causarían á las sementeras, y por la misma causa respecto á la recolección desde el 15 de junio al 15 de agosto deben también cerrarse, si bien estas épocas sufren alteración según los climas, á juicio de las autoridades.
Guardia Civil y sociedad
Debido a la antigüedad de la institución, la Guardia Civil tiene un papel relevante en la cultura popular española, apareciendo en numerosas novelas, libros, películas, coplas, prensa...
A pesar de los servicios que presta este cuerpo normalmente, la imagen de la Guardia Civil se asocia al abuso de autoridad. También suele aparecer como una institución anacrónica y siniestra.
Esto es explicable debido a que los diferentes gobiernos han utilizado este cuerpo continuadamente para eliminar o amedrentar a sus adversarios. Aún abundan las referencias en la prensa al cometido de la Guardia Civil durante la dictadura de Franco (ejecutar presos políticos).
En 1978 el teniente coronel de la Guardia Civil Antonio Tejero Molina se vio implicado en un intento de conspiración ("Operación Galaxia"), por el que fue detenido juzgado en Consejo de Guerra (1980) y condenado a siete meses de cárcel. El 23 de febrero de 1981, acompañado por grupos de guardias civiles, intentó promover un golpe de estado al ocupar por la fuerza el Congreso de los Diputados durante la votación de investidura de Leopoldo Calvo Sotelo como jefe de Gobierno, secuestrando al Gobierno en funciones y a los diputados.
Tampoco ayudó a mejorar la imagen del cuerpo la implicación de la cúpula del gobierno de Felipe González y la Guardia Civil en la creación del grupo terrorista GAL.
Otros escándalos recientes incluyeron la fuga del país del que por aquel entonces era el Director General del cuerpo (Luis Roldán, que fue arrestado por Interpol y sentenciado a 28 años de cárcel por los delitos de malversación, estafa, cohecho y cinco delitos contra la hacienda pública).
También fue cuestionada la institución cuando se supo que uno de los mandos de la comandancia de Gijón ocultó información sobre alertas previas a los atentados del 11 de Marzo en Madrid.
Debido ha esta reputación, casos como la muerte en el acuartelamiento de Roquetas de Mar de un detenido el 24 de julio de 2004 acaparan titulares y portadas en la prensa y generan alarma social.
Durante 2001-2004 once personas perdieron la vida bajo custodia de la Guardia Civil en sus acuartelamientos. También en este periodo murieron otras 15 personas como resultado de las actuaciones del cuerpo. Tres de ellos participaron en tiroteos, 6 fueron abatidos por disparos de los agentes y los otros 7 fallecieron por otras causas.
Con todo, la Guardia Civil ha mejorado mucho su imagen en las últimas décadas y mucha gente los asocia a la lucha contra ETA (normalmente como un aspecto positivo).
Este cuerpo destaca también por sus malas condiciones laborales. Debido a su caracter militar tienen derechos restringidos (como el de sindicación, petición colectiva...). Además es el cuerpo de seguridad peor pagado de España y muchos de sus miembros tienen que vivir en obsoletas y precarias casas cuartel. Entre los años 1990 y 2004 se han producido 10.082 bajas psicológicas, 256 suicidios y 296 tentativas de suicidio entre los agentes del cuerpo (que cuenta en 2004 con 78.000 funcionarios).
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